315 claves de préstamos de hasta $400.000 para empleados: tasas, plazos, límites y acceso al dólar

Los fondos no se depositarán en la cuenta bancaria del solicitante, sino que se acreditarán en su tarjeta de crédito, porque la intención del gobierno es estimular el consumo.Los fondos no se depositarán en la cuenta bancaria del solicitante, sino que se acreditarán en su tarjeta de crédito, porque la intención del gobierno es estimular el consumo.

A través del decreto 463, publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno inició la regulación de créditos subsidiados de hasta $400.000 para empleados asalariados, anunció el Ministro de Economía. Sergio Massa, el domingo 27 de agosto.

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Si bien hay aspectos que estaban sujetos a mayor aclaración, Sebastián Domínguez, El director general de COSUDE Asesores Tributarios, identificó 15 claves a tener en cuenta en los préstamos, a saber:

1-Fondos asignados por el gobierno a la nueva línea

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El Ejecutivo asignó a esta iniciativa un monto total de $450.000 millones, equivalentes a USD 669 millones al tipo de cambio del dólar MEP o Bolsa. Calculado sobre el monto máximo posible de solicitar, significa que habría poco más de un millón de créditos individuales disponibles. Es por eso que Domínguez recomienda a los potenciales interesados ​​registrarse tan pronto como se habilite el procedimiento para hacerlo, para no quedarse fuera del cupo inicial. Pero atención a una cuestión, no del todo resuelta: “tengan en cuenta lo que indicaremos más adelante sobre la posibilidad de comprar dólares en el futuro, mientras dure el préstamo”.

2-Monto máximo que se puede solicitar

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Como había anticipado Massa al anunciarlo, el monto máximo que se puede solicitar por solicitud es de $400.000, pero tomando en cuenta que la relación honorarios-ingresos no supera el 20% del salario bruto mensual del solicitante. Quienes excedan esa línea podrán solicitar un monto menor. Recuerde: el cálculo se basa en la remuneración bruta, no en el pago neto o de bolsillo.

3-Tasa de interés

La tasa nominal anual de financiación del préstamo es del 50%, es decir, menos de la mitad de la tasa de inflación actual. De hecho, para finales de año, la tasa podría ser un tercio o menos de la tasa anual de aumento de precios.

4 plazos

El crédito se puede solicitar a 24, 36 o 48 meses. En todos los casos, la tasa nominal anual de financiamiento es del 50 por ciento. Si se estima que la inflación se mantendrá por encima del 50% en los próximos años, conviene solicitar el préstamo durante el mayor tiempo posible.

5-Acceso a ahorros en dólares

El decreto establece que quien tome el préstamo no podrá acceder al mercado cambiario hasta que el mismo sea pagado en su totalidad, según las normas que dictarán las autoridades competentes. Esto implica no poder acceder al cupo de “dólares ahorro” de USD 200 mensuales.

6-Acceso al dólar MEP o Bolsa de Valores

Ni el decreto publicado hoy ni ninguna otra norma han indicado hasta el momento que quien solicite el crédito no pueda comprar Dólares MEP. Pero, advierte Domínguez, “es importante mencionar que, a través de la Comunicación A 7810 del BCRA, se restringió el acceso al Dólar MEP a los jubilados y pensionados que soliciten el llamado ‘Crédito Anses’ (también hasta $400.000) mientras el préstamo esté vigente. vigente” por lo que es posible que en el futuro se emita una norma que disponga lo mismo para los empleados que accedan a esta nueva línea, siempre y cuando no paguen el monto total solicitado

7-¿Se pueden seguir pagando en pesos las compras con tarjeta en dólares?

Domínguez recuerda que el pago del saldo de la tarjeta de crédito en dólares que se cancela con pesos “no implica acceder al mercado cambiario” por lo que “salvo que se modifique la normativa”, quienes accedan a esta nueva línea de préstamos podrán seguir pagando el saldo en pesos.

Massa, el domingo 27 de agosto, cuando anunció, entre otras medidas, esta línea de créditoMassa, el domingo 27 de agosto, cuando anunció, entre otras medidas, esta línea de crédito

8-Dónde se acreditarán los fondos

En una tarjeta de crédito del titular y emitida por el banco donde recibe su remuneración mensual, lo que genera un inconveniente para quienes cobran su remuneración. Domínguez cree que esta condición “se debería flexibilizar porque, si bien por ley el empleador debe pagar la remuneración en una cuenta bancaria, por la Ley de Contrato de Trabajo el empleado puede exigir que se le pague en efectivo”.

9-¿Por qué los fondos no se acreditan en una cuenta bancaria?

Básicamente, porque el Gobierno quiere que se utilicen para consumo o para cancelar deudas de tarjetas de crédito y no para hacer plazos fijos o comprar distintas variantes del dólar.

10-Cuáles son los requisitos para acceder al crédito

Son varios, a saber: a) empleados en relación de dependencia, con una remuneración bruta vigente, al momento de la solicitud, inferior al umbral a partir del cual se comienza a pagar el Impuesto a la Renta (actualmente, $700.875); b) ser residente permanente en Argentina; c) tener una antigüedad no menor de 6 meses continuos bajo el mismo empleador; d) no exceder, al momento de completar el pago del crédito, la edad legal de jubilación (es decir, 65 años en el caso de los hombres y 60 años en el caso de las mujeres; significa, por ejemplo, que una persona de 63 años- empleado varón de edad avanzada (años en los que no se podía solicitar un préstamo con un plazo superior a 24 meses); e) encontrarse en “Situación 1” o “Situación 2” en las Centrales Deudoras del BCRA; f) no ser beneficiario o beneficiaria de jubilación y/o pensión con línea de crédito vigente del Programa “Créditos Anses”; g) ser titular de una tarjeta de crédito de un Banco que opere en Argentina, donde se acredite la remuneración mensual.

11-¿Dónde puedo consultar la situación en las Centrales Deudores del BCRA?

Fachada del Banco Central, en cuya "Central de Deudores" se puede verificar la situación crediticiaFachada del Banco Central, en cuya “Central de Deudores” se puede verificar la situación crediticia

La consulta debe realizarse a través del sitio web del BCRA. La entidad califica a cada persona en diferentes “Situaciones” en relación con créditos otorgados por entidades financieras, fideicomisos financieros, entidades no financieras emisoras de tarjetas de crédito/compra, otros proveedores de crédito no financieros, sociedades de garantía recíproca, fondos de garantía de carácter público y proveedores de Servicios de crédito entre particulares a través de plataformas.

Además, también se consideran los cheques sin fondos. La situación 1 significa que la persona se encuentra en normal cumplimiento del financiamiento o tiene un retraso no mayor a 31 días y la situación 2 es que tiene entre 31 y 90 días de atraso desde la última fecha de vencimiento. Después de 90 días de mora, puedes pasar a las Situaciones 3, 4 o 5, dependiendo de la cantidad de días de mora, y ya no calificar para el crédito.

12-Cómo se pagan las cuotas del crédito

Se debitarán de la cuenta bancaria del salario, a través del Sistema Nacional de Pagos del BCRA. Este es otro procedimiento, observó Domínguez, que debería flexibilizarse, para que quienes cobran en efectivo puedan pagar las cuotas por otros medios.

13-¿Cuándo vence la primera cuota?

El pago de la primera cuota tendrá un período de gracia de hasta 3 meses, dependiendo de la fecha de otorgamiento del crédito y dependiendo del día de cobro de la remuneración del solicitante.

14-Qué pasa si el solicitante cierra la cuenta bancaria donde se debitan las cuotas

En este caso, el solicitante tiene que informar de una nueva cuenta bancaria donde se debitan las tasas. El incumplimiento de esta obligación entraría automáticamente en default y el Estado podría exigir la totalidad del monto adeudado.

15-Dónde y cómo solicitar el préstamo

El Decreto no informa dónde y desde cuándo se puede solicitar el crédito. “Está pendiente la normativa que dé mayor precisión y defina dónde y cómo se puede solicitar el crédito”, observó Domínguez.

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Source: pagasa.edu.vn

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