¿Qué haría Milei en materia de defensa de la competencia? La respuesta está, en parte, en su plataforma y en quienes apoyan su pensamiento.

Javier Milei fue el candidato más votado en las elecciones primarias Europa Press/Contacto/Manuel CortinaJavier Milei fue el candidato más votado en las elecciones primarias Europa Press/Contacto/Manuel Cortina

La novedad que trae la reciente APROBADOcolocación Javier Milei como candidato claramente presidencial, nos lleva a preguntarnos qué propone realmente en varios ámbitos relevantes de nuestra realidad.

El candidato presidencial Javier Milei, de la coalición La Libertad Avanza, se dirige a sus seguidores en su sede de campaña después del cierre de los colegios electorales para las elecciones primarias en Buenos Aires, Argentina, el domingo 13 de agosto de 2023. (Foto AP/Natacha Pisarenko)Le puede interesar: La resistencia que cede cuando avanza la “libertad”

En estas líneas me propongo descifrar, con los elementos que tenemos a la mano, qué piensa Milei sobre defensa de la competencia y cuáles podrían ser sus eventuales acciones de gobierno, tanto desde lo intelectualmente desiderativo como desde lo pragmático.

Esto es particularmente relevante porque este año se cumple el centenario de lo que se ha llamado la primera ley de Competencia, y porque también pronto se cumplirán 30 años de su consagración constitucional. ¿Es el antimonopolio incompatible con el pensamiento de Milei?

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Basta prestar poca atención a Milei para advertir que su propuesta de reducir la presencia del Estado en todos los ámbitos de la vida de los argentinos debe conducir claramente a que esa presencia sea eliminada de la libre acción de los mercados. Es decir, el Estado no intervendría en la libre actuación de los agentes de los distintos mercados, debiendo reinar el libre juego de la oferta y la demanda.

Es evidente que quien se proclama seguidor de los postulados formulados por los economistas del escuela austriaca y se llama a si mismo “anarcocapitalista” cualquiera “liberal – libertario” No puede tener otra concepción del mercado que la liberada del libre juego de la oferta y la demanda.

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En esta línea liberal, la Plataforma Electoral de Milei propone “sus instituciones fundamentales son los mercados libres de intervención del Estado, la libre competencia…”. Estas ideas contrastan naturalmente con cualquier programa de “Precios Justos”, “Precios Cuidadosos” o las miles de denominaciones que han tenido los siempre fallidos programas de control de precios. Es evidente que también va en contra de normas como Ley de Góndolas o Ley de Abastecimiento. Todos ellos de muy dudosa constitucionalidad, como he expresado en numerosos artículos.

Además, considero que la aplicación práctica de las ideas de Milei (en lo que es objeto de análisis en este artículo) es totalmente coherente con nuestro programa constitucional, que personalmente no creo que admita una intervención estatal como la que hemos visto hasta ahora. Hasta este punto no hay muchas novedades.

Javier Milei en un acto de campaña 2021 (Franco Fafasuli)Javier Milei en un acto de campaña 2021 (Franco Fafasuli)

Lo dicho hasta ahora no responde a la pregunta de este capítulo. Es decir, ¿Milei va por más? ¿Milei derogaría la Ley de Defensa de la Competencia? La Plataforma Electoral no profundiza en este tema, por lo que podríamos dejar aquí la discusión y sostener que Milei no derogaría la Ley de Defensa de la Competencia.

Sin embargo, un análisis de esta naturaleza sería incompleto. En rigor, podemos acudir a las fuentes doctrinales de Milei y ver qué dicen los economistas en los que Milei se basa intelectualmente.

En esta línea podemos profundizar en el pensamiento del famoso Alberto Benegas Lynch (h), a quien tuve el placer de leer en mis inicios como estudiante de Derecho en la UBA y cuyas ideas también dejaron una huella imborrable en mi pensamiento, ya que ese autor es reconocido por Milei como un “Prócer”. Por tanto, acudiendo a la versión vernácula de la escuela austriaca de economía podemos ver que Benegas Lynch (h) sostiene en sus trabajos escritos hace algunas décadas que la interferencia gubernamental en el mercado encaminada a controlar al monopolista natural termina en medidas que conducen a su “prohibición simple y llana, en el establecimiento de precios máximos, en la imposición de un determinado volumen de ganancias o en disposiciones relativas a cuotas de producción”.

En esta bibliografía, Benegas Lynch (h) destruye argumentalmente los supuestos beneficios de todas estas medidas, al punto que sostiene que no existe precio de monopolio, dado que el monopolista no cobrará el precio que quiere sino el que puede, como ocurre con cualquier actor del mercado, sea monopolista o no.

En rigor, Benegas Lynch (h) añade que la existencia de competencia potencial de quienes pueden irrumpir en el mercado atraídos por el mejor precio o beneficio, siempre conducirá en un mercado libre a la destrucción de cualquier monopolio. Así, la situación de monopolista natural no es irrevocable, sino que se confirma o revoca cada día en el mercado y subsistirá en la medida en que sea la mejor para satisfacer las necesidades de los consumidores.

Benegas Lynch (h) continúa en el trabajo que seguimos que todas sus reflexiones que destruyen la necesidad de intervenir en un mercado libre frente al monopolio son también aplicables a situaciones de oligopolio, cartelización y control de fusiones y adquisiciones.

La campaña previa a las PASO cerró con un acto en el estadio Movistar Arenta (Franco Fafasuli)La campaña previa a las PASO cerró con un acto en el estadio Movistar Arenta (Franco Fafasuli)

Como conclusión a su pensamiento, entiendo que está claro que el monopolio que hay que eliminar es el monopolio artificial, que está motivado por “exenciones fiscales, protecciones aduaneras, subsidios, jurisdicciones establecidas, etc.” Este monopolio vive “a costa del consumidor, ya que vende productos a precios más altos, de menor calidad o ambas cosas en comparación con lo que hubiera pasado si no hubiera existido la protección legal”.

Podemos agregar que, más recientemente y coherente con su línea de pensamiento, Benegas Lynch (h) ha sostenido en el momento de la última Ley de Defensa de la Competencia que “así como ocurre con la libertad de prensa, la mejor ley en materia de competencia proceso es el que no se promulga. Para diversos fraudes, abusos y corrupciones existe el Código Penal y el Código Civil y Comercial, no sólo no es necesaria sino completamente contraproducente una ley nacional en defensa de la competencia que, como otros documentos de equivalente tenor, aparecen dirigidas a buenos fines pero esconden veneno debajo del poncho”.

Benegas Lynch (h) ha respondido a la pregunta que le hicimos al principio de este capítulo. ¿Qué puede hacer Milei en materia antimonopolio? Más allá del plano de las ideas, la derogación de todo tipo de control en materia de defensa de la competencia parece incompatible con nuestra constitución.

De hecho, si se pretendiera eliminar cualquier política de defensa de la competencia para controlar los monopolios naturales, cabe señalar que existe una barrera constitucional que lo impide desde hace algunas décadas, dado que el artículo 42 de la Constitución Nacional establece que “las autoridades prever la protección de estos derechos, la educación para el consumo, la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión del mercado, el control de los monopolios naturales y legales, la calidad y eficiencia de los servicios públicos. , y la constitución de asociaciones de consumidores y usuarios.”

La boleta completa de Javier Milei en la Ciudad de Buenos Aires.  Fue el candidato individual más votado en las elecciones primarias (Franco Fafasuli)La boleta completa de Javier Milei en la Ciudad de Buenos Aires. Fue el candidato individual más votado en las elecciones primarias (Franco Fafasuli)

La Constitución se refiere claramente a monopolios naturales y artificiales. Esto significa que debe haber “algo de control” sobre este tipo de monopolios.

Entonces, ¿qué podría hacer Milei si sigue los postulados de Benegas Lynch (h)?

Descartamos una modificación a la Constitución Nacionales evidente que atacará a los monopolios artificiales, cuyo resorte generalmente no se encuentra sólo en la Ley de Defensa de la Competencia, sino principalmente en las normas que otorgan los privilegios que permitieron su existencia.

Respecto a los monopolios naturales, podemos anticipar un intento de modificar la norma existente para hacer más laxo el control y quizás la eliminación o fuerte limitación del control de fusiones y adquisiciones.

Si esto no fuera posible, creo que cabría esperar un grado de intervención mucho menor que el promedio que existe en otras jurisdicciones del mundo, permitiendo que el mercado se regule a sí mismo y quizás elevando significativamente los umbrales para controlar el menor número de empresas económicas. concentraciones.

Espero que esta visión de la defensa de la competencia venga también con un mayor grado de cumplimiento del diseño institucional que manda nuestra Constitución donde la actividad jurisdiccional debe ser ejercida por el Poder Judicial de la Nación.

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Source: pagasa.edu.vn

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