5Estos son los pensionados que no tendrán que pagar los medicamentos de la Seguridad Social en 2023

5Estos son los pensionados que no tendrán que pagar los medicamentos de la Seguridad Social en 2023

(Imagen ilustrativa Infobae)(Imagen ilustrativa Infobae)

Él copago farmacéutico Es el porcentaje de pago que debe realizar cada paciente para adquirir un medicamento u otro producto de salud con receta médica. Esta cotización oscila entre el 10% y el 60% según el tipo de usuario, aunque hay determinados colectivos que están exentos, como personas con discapacidad, parados sin subsidio, con rentas de integración social, con pensiones no contributivas, etc.

Uno de los cambios más significativos en este sentido entró en vigor en enero de 2021, y es la ampliación de los grupos de personas exentas del pago de medicamentos. Se suman así a las que ya existían la de personas con prestaciones económicas por hijos o menores a cargo, pensionistas de bajos ingresosy menores con al menos un 33 por ciento de discapacidad.

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Desde 2021, con la ampliación de los colectivos exentos del copago farmacéutico, el pago de los medicamentos ya no es obligatorio para cerca de seis millones de personas, según datos del Ministerio de Sanidad. El conjunto de estos grupos son los siguientes:

  • Personas con discapacidad en los casos contemplados en su normativa específica.
  • Menores de 18 años con discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento.
  • Perceptores de rentas de integración social.
  • Personas con pensiones no contributivas
  • Beneficiarios del ingreso mínimo vital.
  • Las personas que perciban la prestación económica de la Seguridad Social por un hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o custodia con fines de adopción.
  • Personas desempleadas que han perdido el derecho al subsidio, mientras persista esta situación.
  • Afectado por el síndrome tóxico.
  • Personas con tratamientos derivados de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Pensionistas con rentas inferiores a 5.635 euros.
  • Pensionistas no obligados a presentar declaración, cuyos ingresos no superen los 11.200 euros al año.

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Respecto a los colectivos que no están exentos, el porcentaje de aportaciones y sus límites máximos son los siguientes:

Pensionistas

  • Pensionistas con ingresos anuales menos de 100.000 euros Deberán cotizar el 10 por ciento, con un límite máximo mensual de 8,23 euros (para rentas inferiores a 18.000 euros) o 18,52 euros (renta entre 18.000 y 100.000 euros).
  • Pensionistas con ingresos más de 100.000 euros Al año aportarán el 60 por ciento, con un límite mensual de 61,75 euros.

Activos

  • Activos con ingresos menos de 18.000 euros Deberán aportar el 40 por ciento del precio de cada contenedor, sin límite de gasto.
  • Activos con ingresos de entre 18.000 y 100.000 eurosdeberán pagar el 50 por ciento, sin límite mensual.
  • Activos con ingresos iguales o más de 100.000 eurostener un aporte del 60 por ciento, sin límite de gasto.

Aunque la responsabilidad de Sanidad recae en cada Comunidad Autónoma, esta medida es un compromiso incluido en los Presupuestos Generales del Estado 2021, por lo que la exención del copago se aplica en todo el territorio nacional.

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Source: pagasa.edu.vn

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