2El Gobierno anticipó multas a las empresas que no paguen el bono y restricciones para comprar dólares a quienes lo reciban

2El Gobierno anticipó multas a las empresas que no paguen el bono y restricciones para comprar dólares a quienes lo reciban

Raquel "Kelly" Olmos, Ministra de Trabajo Raquel “Kelly” Olmos, Ministra de Trabajo

El Ministro de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, dijo que los trabajadores en relación de dependencia que reciban la “suma fija” de $60.000 que anunció este fin de semana el Ministerio de Economía quedarán inhabilitados para comprar dólares en el mercado cambiario. Él ahorros en dólares al que acceden unos 700.000 argentinos cada mes, que se opera a unos 640 dólares la unidad y que tiene un cupo mensual de 200 dólares, sería así aún más limitado. También señaló que habrá multas para quienes no paguen el extra decidido por el Estado.

La aclaración se produjo a través de declaraciones radiales de Olmos. En conversación con Urbana Play, el funcionario respondió afirmativamente a la consulta respecto de si quienes reciban el bono quedarán impedidos de comprar dólares.

Que, fundamentalmente, en los casos de recursos que el Estado pone”, aclaró el funcionario.

Ministro de Trabajo explicó que quieren que el dinero se destine al consumo

Pero efectivamente lo que queremos es que esto no vaya a la brecha, queremos que vaya al consumo.“, dicho.

multas

El ministro también indicó que habrá sanciones para las empresas que no otorguen el bono, que corresponde a quienes tengan salarios de hasta $400.000 netos (alrededor de $481.000 brutos, dependiendo de los descuentos) para el mes de agosto.

“Si no pagan, tienen una infracción. Van a tener que pagarlo y encima una multa”, advirtió el funcionario en declaraciones a FutuRock, quien aseguró que se apoyarán en los sindicatos para la inspección.

Olmos destacó el papel que tendrán los sindicatos para detectar las faltas de los empresarios. “Debemos tener el acompañamiento de los sindicatos para identificar aquellas empresas que no pagan o el trabajador tiene canales anónimos para la denuncia. Ahí es donde funciona el control”, había indicado ayer.

Obstáculos para el dólar ahorro

No es la primera vez que una nueva medida impulsada por el Gobierno entra dentro de las categorías que crean obstáculos al acceso al mercado cambiario. Ocurrió, por ejemplo, cuando el año pasado se segmentaron los subsidios a la luz y al gas y, con la lógica de que el Estado busca evitar que las transferencias monetarias vayan al mercado cambiario, se impidió a quienes reciben asistencia para el pago de sus billetes comprar el cupo. de 200 dólares.

En este caso, aunque el ministro no lo aclaró y el Banco Central está esperando el decreto de suma fija para ajustar la normativa, parece aplicarse el mismo principio. Si la lógica es la misma, quienes reciben una suma fija pagada por el Estado, se verían impedidos de comprar. Queda por aclarar qué pasa con quienes reciben la suma fija, pero queda a cargo de un empresario privado.

¿Qué motivos pueden impedirle acceder a la compra de dólares ahorro?

El Banco Central detalla las diferentes causas que pueden impedir que un ahorrista compre USD 200 mensuales a continuación.

  • No tener capacidad económica suficiente para operar en el mercado cambiario -según los parámetros establecidos por la entidad con la que se opera-.
  • Superar la cuota mensual total de USD 200.
  • Superar el cupo mensual de USD 100 mensuales para compras al contado, que integra el cupo total mencionado en el punto anterior.
  • Han solicitado mantener los subsidios en las tarifas de los servicios (gas natural, electricidad o agua potable).
  • Haber recibido beneficios ATP -para personas con actividad comercial o personas ocupadas cuyas empresas lo hayan recibido. Tenga en cuenta que, si el empleador obtuvo el beneficio ATP, la restricción sigue vigente, incluso si ya no se recibe o se ha cancelado el préstamo. Las causas relacionadas con préstamos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no sólo a una entidad. Por este motivo se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de entidades.
  • Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de USD 200 o más del cupo. Ten en cuenta que cuando se supere el cupo no podrás acceder a la compra de divisas hasta que transcurran los meses para compensar el cupo de USD 200 mensuales.
  • Disponer de refinanciación de cuotas de tarjetas de crédito, “Refinanciación por Comunicación A6964″ o “Refinanciación por Comunicación A7095″.
  • Tener créditos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciamiento.
  • Haber recibido subsidios del IFE (según información proporcionada por ANSES).
  • Haber recibido subsidios del PAMI.
  • Habiendo sido inhabilitados mediante comunicados C del Banco Central, en los que se informa quiénes fueron las personas suspendidas para operar en el mercado cambiario.
  • Haber realizado operaciones con valores (Comunicación A7001).
  • No tener un número de CUIT registrado, es decir, no existe información tributaria de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

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Source: pagasa.edu.vn

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