Más trabas al dólar: los grandes inversores se ven obligados a informar sus compras de contado con liquidación con 5 días de antelación

Más trabas al dólar: los grandes inversores se ven obligados a informar sus compras de contado con liquidación con 5 días de antelación

Un comerciante mira una pantalla en la Bolsa de Valores de Buenos Aires.  Argentina (REUTERS)Un comerciante mira una pantalla en la Bolsa de Valores de Buenos Aires. Argentina (REUTERS)

La Comisión Nacional de Valores (CNV), regulador del mercado de capitales, impuso esta mañanaReglas Evas que tienen el potencial de reducir el mercado financiero de divisas en las próximas rondas.. A partir de hoy, Los inversionistas extranjeros y las empresas locales que operen grandes montos contra moneda extranjera deberán informar con cinco días de anticipación para poder comprar al contado con liquidación.. La norma también impone un límite de 100 millones de dólares por día a los inversores extranjeros. El objetivo parece ser limitar los movimientos en el mercado del dólar financiero, sin afectar las operaciones de las personas naturales residentes en el país.

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El Resolución General 981 publicado esta mañana impone una dura contención a los distintos mercados en los que se operan dólares financieros en el país, los conocidos como contado con liquidación y dólar MEP. La norma establece nuevas obligaciones para los inversionistas extranjeros y nuevas obligaciones para las personas jurídicas residentes en el país (empresas) que operen $200 millones diarios o más. Para ambos, también establece la obligación de informar mediante declaración jurada cada operación de compraventa de activos a cambio de dólares con cinco días de anticipación. Es decir, añade un riesgo de precio significativo para inversores que tienen que tomar decisiones hoy que se concretarán en una semana. Es decir, no pueden saber a qué precio están comprando.

La norma promete frenar temporalmente la dinámica en el monedas financieras que ayer avanzaron pero estaban detrás del dolar gratisque superó los $1,000 en venta.

“Las empresas no podrán operar con moneda extranjera durante cinco días. El líquido va a colapsar” (Sbdar)

“Cualquier operación de venta contra moneda extranjera, compra de Cedear, ON ley extranjera, etc., deberá notificar 5 días antes de realizar la operación. Los extranjeros también reciben $100 millones de pesos diarios”, afirmó. Ariel Sbdaroperador financiero y fundador de Cocos Capital.

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“En definitiva, las empresas no podrán operar con moneda extranjera durante cinco días. El líquido se va a colapsar”, afirmó.

Uno de los puntos clave de la norma es la implementación de un sistema de informacion. Cualquier inversionista extranjero que opere activos contra dólares debe informar con cinco días de anticipación lo que piensa hacer además de no poder operar más de $100 millones por día (unos USD 100.000). Y entre los inversionistas locales, las personas jurídicas que operen $200 millones de pesos diarios o más también deberán esperar cinco días para cumplir con la norma de información, aunque no tendrán límites diarios. Los inversionistas locales que operen por cuenta y orden de terceros tendrán límites de $100 millones por día.

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Quedan excluidas de estos requisitos las personas humanas residentes en el país, excedan o no los montos límite fijados por la nueva norma. Así, el hiperactivo mercado de dólares eurodiputados, en el que se refugian muchos inversores minoristas, no se verá afectado en sus mecanismos (aunque puede, esperan en el Gobierno, experimentar cierta calma mayor en materia de precios).

“En un contexto donde el Banco Central interviene en el mercado financiero, intentan limitar el volumen que allí se operará. Luego terminas acelerando un poco más el volumen. En lo que respecta a los argentinos, no debería cambiar sustancialmente. “Sí afecta a los inversores extranjeros”, consideró. Salvador Vitelli por Grupo Romano.

Así describió la nueva norma una nota elaborada por voceros de la CNV:

  • Los inversionistas extranjeros (empresas y/o personas físicas) que no sean agentes de valores -operan con CDI (Código de Identificación) o CIE (Código de Inversores Extranjeros)- sólo podrán operar por cuenta propia y con fondos propios. Deberán informar al intermediario local (por ejemplo, casa de bolsa) que van a realizar estas operaciones con 5 (cinco) días hábiles de anticipación y podrán operar hasta 100 (cien) millones de pesos diarios. Esta información, en forma de Declaración Jurada, deberá ser enviada por los intermediarios a la CNV.
  • Las sociedades de bolsa extranjeras, que operen por cuenta y por cuenta de terceros (clientes argentinos), podrán operar por un monto máximo diario de 100 (cien) millones de pesos por cada uno de dichos clientes. Deben informar a la CNV con 5 (cinco) días hábiles de anticipación y ese informe tiene el carácter de Declaración Jurada.
  • Las casas de bolsa extranjeras, que operen por cuenta propia y con fondos propios, deberán notificar con 5 (cinco) días hábiles de anticipación cuando operen por más de 100 (cien) millones de pesos. Esta información, a modo de Declaración Jurada, deberá ser enviada a la CNV.
  • Los inversionistas locales -propietarios de CUIT- y operen por cuenta y orden de terceros, podrán operar hasta por 100 (cien) millones de pesos diarios, debiendo informar con 5 (cinco) días hábiles de anticipación y detallar a quién es el tercero. quienes operan. Esta información, en forma de Declaración Jurada, debe ser enviada por los intermediarios (sociedades bursátiles) a la CNV.
  • Los inversionistas locales -propietarios de CUIT- y operen por cuenta propia y con fondos propios, podrán operar sin límite, pero deberán notificar con 5 (cinco) días hábiles de anticipación si el monto es superior a 200 millones de pesos diarios. Esta información, en forma de Declaración Jurada, debe ser enviada por los intermediarios (sociedades bursátiles) a la CNV.
  • Las carteras propias de Alycs y AN podrán saltarse los períodos de permanencia cuando concerten operaciones de venta con liquidación en moneda extranjera (dólares) en rondas de negociación bilaterales y posteriormente apliquen esa moneda extranjera a la compra de activos y su posterior venta en pesos (inician en pesos y final en pesos).

El último punto, al que las bolsas no le están dando mayor importancia, busca ser una zanahoria. Facilita -al eliminar el tiempo obligatorio de permanencia en la cartera (parking) de los activos que se utilizan para comprar dólares financieros- la venta de dólares en el mercado bilateral conocido como SENEBI, en un intento de incrementar la oferta.

“Se lanza en el marco de un convenio de colaboración e intercambio de información entre la CNV, la UIF y la AFIP”, describieron voceros de la CNV. También “establece una serie de disposiciones transitorias que alcanzan a los inversores y agentes de valores extranjeros (sociedades de bolsa e intermediarios, como bancos), y a los grandes inversores locales con el objetivo de mejorar la regulación del mercado de valores”. capitales y prevenir maniobras de lavado de dinero y evasión fiscal”, agregaron.

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Source: pagasa.edu.vn

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