La ANMAT prohibió un producto dermatológico por irregularidades en su registro. La disposición fue publicada este lunes en el Boletín Oficial

La ANMAT prohibió la comercialización de un producto dermatológico por irregularidades en su registro (REUTERS/Siphiwe Sibeko)La ANMAT prohibió la comercialización de un producto dermatológico por irregularidades en su registro (REUTERS/Siphiwe Sibeko)

El Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Este lunes, a través de su publicación en el Boletín Oficial, prohibió la comercialización de un producto dermatológico por irregularidades en su registro.

Foto de archivo: un trabajador opera una máquina en una fábrica industrial en la provincia de Buenos Aires, Argentina.  1 de noviembre de 2018. REUTERS/Marcos BrindiciLe puede interesar: Punto por punto, ¿qué dice el decreto que oficializó el pago de la suma fija de $60.000 para los trabajadores?

Disposición 7050/2023 establece la prohibición de la comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto identificado como: “HYDROIAM – CRUZ – RELLENO DÉRMICO DE ÁCIDO HIALURÓNICO ENLACE – FABRICANTE JINAN MEDICINE VALLEY – CHINA. Sin datos del importador o responsable en la República Argentina”, hasta obtener las autorizaciones correspondientes.

En su considerando, señala que las acciones se iniciaron debido a que el 19 de mayo de 2023 personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Seguimiento de Productos Sanitarios se hizo presente en el establecimiento “Dr. Franco Gomez” con domicilio en Pasaje Bollini 2282 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en dicha inspección se realizó un control visual de los productos médicos en stock y se retiró una unidad para su posterior verificación de este producto y dentro del estuche se encuentra un cuna de plástico con jeringa precargada y dos agujas y no se observan datos de un importador responsable en Argentina.

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Y cuando se consultó al responsable del centro de belleza sobre la documentación de compra del producto detallado, no pudo aportar ninguna documentación al momento de la inspección, ni se envió ninguna documentación a la fecha.

Ante esto, la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que no existe historial de inscripción del producto en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica según los registros que posee al momento de la consulta.

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Y en consecuencia, y con el fin de proteger a los potenciales compradores y usuarios del producto involucrado, al tratarse de un producto médico no registrado y del que se desconocen las condiciones de procesamiento/fabricación, la DVPS sugiere prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes. y presentaciones del producto sin datos del importador o responsable en la República Argentina, hasta tanto se obtengan las autorizaciones correspondientes y se informe la medida al Ministerio de Salud de la Nación, para sus efectos.

Y hace unos días, La ANMAT prohibió una serie de suplementos dietéticos por diversas irregularidades administrativas.

Fue la Disposición 6506/2023 la que estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea de los productos: “Suplemento dietético MK-677, 60 cápsulas, 12,50 mg, marca King Hardcore; Suplemento dietético ANAVAR60 cápsulas, 40 mg, marca King Hardcore; Suplemento dietético LIGANDROL90 cápsulas, 5 mg, marca King Hardcore; Suplemento dietético M-DROL90 cápsulas, 15 mg, marca King Hardcore; Suplemento dietético SUPER DROL60 cápsulas, 15 mg, marca King Hardcore; Suplemento dietético CARDARINA60 cápsulas, 15 mg, marca King Hardcore; Suplemento dietético S-2360 cápsulas de 10 mg, marca King Hardcore.

Y agregó el “Suplemento Dietético TRENAVAR, 60 cápsulas, 25 mg, marca King Hardcore; Suplemento dietético FEMATROPE, 60 cápsulas, 50 mg, marca King Hardcore; Hell Fire EPH 150 EXTRACTO DE EPHEDRA, Suplemento Alimenticio, 90 cápsulas, Marca Innovadora e IBUTAMOREN MK 677, Suplemento Alimenticio, 60 tabletas, marca KN Nutrition”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser un producto ilegal.

Luego del análisis se estableció que los productos estaban en infracción porque carecían de registros sanitarios del establecimiento y del producto, resultando en consecuencia productos ilegales.

Y además, al tratarse de productos que no pueden identificarse fehaciente y claramente como producidos, procesados ​​y/o divididos en un establecimiento específico, no pueden producirse en ningún lugar del país, ni comercializarse ni venderse en el territorio de la República.

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Source: pagasa.edu.vn

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