La ANMAT prohibió la venta de aceite de oliva por considerarlo “ilegal”

La ANMAT prohibió la venta de aceite de oliva por considerarlo “ilegal”

La resolución fue publicada este viernes en el Boletín OficialLa resolución fue publicada este viernes en el Boletín Oficial

El Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibido este viernes mediante su publicación en el boletín oficialel uso y distribución de un producto con Registro Nacional de Establecimientos y Registro Nacional de Productos Alimenticios inexistente. Se trata de un aceite de oliva virgen extra que fue investigado después de que un particular consultara al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre esto.

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En este sentido, luego de una investigación realizada por el INAL a través del Sistema Federal de Información para la Gestión del Control de Alimentos (SiFeGA)el Resolución 8698/2023firmado por el jefe del organismo de control, Manuel Liméresestableció la prohibición de su uso, distribución y venta, debido a que las especificaciones pertinentes para su comercialización son inexistentes en las bases de información de las autoridades sanitarias jurisdiccionales competentes.

Según detalla el Boletín Oficial, la prohibición es para: “Aceite de oliva virgen extra, marca San Marcos Cuyanos, RNE: 020-52375, RNPA: 03176054, Origen Mendoza, Envasado por San Marcos Cuyanos SA”, en cualquier presentación , lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente etiquetado indicando números RNE y RNPA inexistentes, resultando en consecuencia ser un producto ilegal.”

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De esta manera el incidente denominado “Federal No. 3769” quedó sentado en el SIFeGA Sistema de Información de Vigilancia de Alimentos (SIVA)institución que debe evaluar la publicidad del producto considerado ilegal, en diferentes plataformas en línea.

Además, el comunicado detalló que “por tratarse de un producto que no puede identificarse fehaciente y claramente como producido, procesado y/o dividido en un establecimiento específico”, no puede producirse, ni comercializarse, ni venderse en ningún lugar del país. en el territorio de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, fracción II del Ley 18284.

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Esta medida se tomó porque se considera de vital importancia proteger la salud de los ciudadanos del consumo de productos ilegales o que carecen de registro, lo que implica no garantizar su trazabilidad, sus condiciones de producción, su calidad con niveles de control adecuados en las condiciones establecidos por la normativa vigente y su seguridad.

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La ANMAT prohibió la venta y uso de dos medicamentos de un laboratorio

Anmat prohibió dos medicamentos (Unsplash)
Anmat prohibió dos medicamentos (Unsplash)

Otra de las publicaciones que realizó hoy la ANMAT a través del boletín oficial fue la prohibición de comercializar dos medicamentos producidos por un mismo organismo, uno es solución de povidona yodada y otro el cloruro de magnesio de DRINAS SAS.

En primer lugar, a través de la Disposición 8696/2023la dependencia prohibió el uso y distribución del producto rotulado como: “solución de povidona yodada al 10% FA VI ed., preparada y envasada por el laboratorio DRINAS SAS” debido a una inspección que se llevó a cabo el 19 de enero de 2023 en la sede de el DROGAS NOVAMED y fue ejecutado por personal del Departamento de Control de Mercadola cual decidió retirar del stock de medicamentos disponibles para la venta, hasta tanto se verifiquen los datos del registro sanitario.

En cuanto a la segunda medicación, a través del Disposición 8697/2023, la ANMAT prohibió el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional del producto «Cloruro de magnesio, lote C12326803, Vto. 12/10/2024, por 33 gramos, preparado y envasado por el laboratorio DRINAS SAS.

En este caso la decisión se tomó porque el Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Gestión de Productos Sanitarios (DVPS) Recibimos una queja de un particular sobre el producto.

También el Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Gestión de Productos Sanitarios (DEyGPS) Destacó que recibió por correo electrónico una denuncia de un particular en la que comentaba que luego de adquirir el producto en cuestión, en una farmacia de la provincia de Tucumán, lo utilizó y le produjo una reacción inesperada con la consiguiente emanación de vapores, burbujeos. y rompiéndose. del recipiente de plástico en el que había sido colocado.

A raíz de esto, se realizó comunicación a la autoridad sanitaria de la provincia de Tucumán la cual, el 06/09/2023, informó que el día 16 de agosto el farmacéutico responsable de la firma DRINAS SAS fue citado por el Departamento de Control Farmacéutico y TM de la SI.PRO.SA de la provincia de tucumáncon el fin de dar seguimiento a una queja recibida en el departamento vinculado al producto descrito anteriormente.

Finalmente, la autoridad sanitaria local ordenó a la firma DRINAS SAS iniciar un retiro del producto y así suspender su fabricación y distribución hasta que se regularice la situación.

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Source: pagasa.edu.vn

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